El Ministerio de Justicia ha mostrado a las víctimas su predisposición a estudiar y a tener en cuenta sus propuestas
MADRID, 10 (EUROPA PRESS)
Las asociaciones de víctimas de tráfico se han reunido con el secretario de Estado de Justicia, Fernando Román García, para transmitirle su "preocupación" por la supresión de las faltas en la reforma del Código Penal. Actualmente, el 80 por ciento de accidentes con víctimas son juzgados como faltas, según ha explicado a Europa Press la directora de la Asociación de Prevención de Accidentes de Tráfico (PAT), Eugenia Domenech.
En el Código Penal vigente se considera faltas tanto las imprudencia leves con resultados graves como las imprudencia graves, tales como saltarse un semáforo en rojo, con resultados leves. "Se trata de la mayoría de accidentes con víctimas, porque afortunadamente lesiones graves o muertos cada vez hay menos", ha indicado Domenech.
Con la reforma propuesta por el Ejecutivo, las imprudencias graves que provoquen lesiones permanentes o el fallecimiento de las víctimas seguirían yendo por la vía penal, ya que se consideran delitos. Sin embargo, imprudencias como saltarse un stop o un semáforo en rojo y golpear a otro vehículo provocándole al conductor una baja de 30 días por una lesión podrían quedar fuera de la vía penal, según ha explicado Domenech.
También podrían quedar fuera aquellas imprudencias que a pesar de ser leves han causado consecuencias graves, con lesiones permanentes o incluso la muerte de la víctima.
Así las cosas, de aprobarse la reforma tal y como la ha planteado el Gobierno, serían los jueces los que decidirían a "discreción" si una imprudencia como saltarse un semáforo en rojo y provocar a otra persona una lesión leve, que ahora se interpreta como falta, es lo suficiente grave como para considerarlo un delito y, por tanto, tiene que ir por la vía penal o, sin embargo, la víctima tiene que acudir a la vía civil para reclamar su indemnización.
"Es un poco lo que ocurría antes con las alcoholemias", ha explicado Domenech. Antes de que se reformase el Código Penal para introducir una tasa a partir de la cual se considera un delito conducir bajo los efectos del alcohol, dependía de cada juzgado decidir si las consecuencias provocadas en el accidente eran lo suficientemente graves como para considerarlo delito.
Tras mucho años de protesta por parte de las víctimas, sin embargo, esta situación se logró cambiar en 2007 y se introdujo en el Código Penal una tasa objetiva de alcohol (0,60 miligramos por litro en aire expirado) para evitar esa discrecionalidad de los juzgados, en la que, según las víctimas, se podría caer ahora en el caso de las imprudencias si se aprueba la reforma del Código Penal y se eliminan las faltas para accidentes de tráfico.
Además, las víctimas señalan que si, al eliminar las faltas, hay que acudir a la vía civil para reclamar una indemnización por accidente, los costes para las familias van a ser mayores, ya que esta vía se ha encarecido desde la aplicación de las nuevas tasas judiciales, además de que tiene "una mayor carga burocrática y mayor lentitud y coste económico", según señalan las asociaciones en un comunicado conjunto firmado por Aesleme, PAT, Aspaym, Fedace, Stop Accidentes, Dia y Predif.
CRITICAN LA "DESPENALIZACIÓN" DE LAS IMPRUDENCIAS
Por todo ello, las víctimas consideran que la propuesta del Gobierno supone la "despenalización" de determinadas imprudencias en la conducción y han defendido la necesidad de mantener tipificadas en el Código Penal las conductas imprudentes al volante que ocasionen daños a las personas y que se considere siempre una imprudencia grave el hecho de cometer una infracción administrativa grave o muy grave, tipificada en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial cuando haya ocasionado víctimas.
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