MADRID, 4 (EUROPA PRESS)
La "tolerancia cero" a las drogas que establece la reforma de la Ley de Tráfico aprobada este viernes por el Consejo de Ministros tendrá una salvedad: aquellos casos en los que una persona esté consumiendo "drogas que estén prescritas facultativamente" dentro de un proceso de rehabilitación para superar una adición, según ha informado el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.
El proyecto de ley, que el Gobierno ha remitido al Congreso, incluye novedades como la elevación de las multas de alcoholemia y drogas (de 500 a 1.00 euros), la obligación de que los menores lleven casco en ciudad cuando monten en bicicleta o la prohibición del uso de detectores de radar. También se abre la puerta a la elevación en un futuro del límite de velocidad a 130 km/h en algunos tramos de autovías y autopistas.
Con respecto al anteproyecto que el Consejo de Ministros estudió en julio, el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Sanidad, ha introducido un cambio para que "se permita conducir cuando el conductor tenga bajo prescripción facultativa y con finalidad rehabilitadora" sustancias en su cuerpo que pueden ser considerada drogas, pero que forman parte de un "programa de rehabilitación".
"No sería ni justo ni razonable que esas personas se vean privadas de no conducir o tengan que suspender su tratamiento rehabilitador", ha explicado Fernández Díaz en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros. En cualquier caso, para que estas personas puedan conducir, su médico tendrá que haber acreditado que pueden hacerlo "con la diligencia, precaución y no distracción" que exige la Ley y sin que su capacidad de conducción se vea "condicionada".
Fernández Díaz, quien ha asegurado que la reforma --la decimosexta que se aplica a la norma desde 1990-- tiene "una entidad cualitativamente muy significativa", ha señalado que en la actual Ley de Tráfico había "un vacío legal" en el tema de las drogas.
En este sentido, ha explicado que la vigente ley establece que un conductor no puede conducir con drogas en el organismo "en los términos que se establezca reglamentariamente", pero no hay ningún reglamento que lo regule, por lo que "en la práctica no se puede aplicar el principio de 'tolerancia cero'", que tan "exitoso" ha sido con el alcohol.
La prueba para detectar drogas será mediante saliva como medio habitual y la de contraste será un análisis de sangre, con sanciones de 1.000 euros. Además, los peatones que cometan infracciones también deberán someterse a estos controles. La actual regulación permite hacer este tipo de controles a los peatones únicamente cuando son víctimas o participan en la producción de un siniestro.
Según la memoria del Instituto Nacional de Toxicología, más del 47 por ciento de fallecidos en accidentes de tráfico dio positivo en alcohol, picofámarcos o drogas. Además, el 16 por ciento de los conductores da positivo en los controles de drogas realizados al azar por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y el 76 por ciento lo hace en los controles que no son al azar.
MULTAS PARA EL FUTURO LÍMITE DE 130 KM/H
Otra de las novedades introducidas con respecto al anteproyecto se refiere a las multas previstas para el futuro límite de 130 km/h, que el Gobierno prevé introducir en una reforma posterior del Reglamento General de Circulación para marzo de 2014, una vez que las Cortes ya hayan dado su visto bueno a la reforma de la Ley de Tráfico. En este sentido, el ministro de Interior ha insistido en que "la ley no modificará los límites de velocidad", sino que será la futura modificación del Reglamento de Circulación.
Lo que sí se establece en el proyecto aprobado este viernes por el Consejo de Ministros son las multas que acarreará saltarse esos límites una vez que estén vigentes. A propuesta de la Asociación para el Estudio de la Lesión Medular Espinal (Aesleme), el Gobierno ha decidido que en aquellos tramos que se limiten en el futuro a 130 km/h se perderán puntos cuando se superen los 150 km/h, lo mismo que ocurre para los tramos limitados a 120 km/h.
En el anteproyecto, el Gobierno había establecido que sólo se perderían puntos en el primer caso a partir de los 160 km/h. La sanción económica estará entre los 100 y los 500 euros en función de cuál sea el exceso de velocidad.
RESPONSABILIDAD EN CASO DE ACCIDENTES CON ANIMALES
Por otro lado, Fernández Díaz ha señalado que en el proyecto de ley se ha introducido otra novedad, que ha causado "mucha discusión" dentro del seno del propio Gobierno entre el Ministerio de Fomento y el de Interior, para determinar de quién es la responsabilidad en caso de accidente en que se vean involucrado un animal.
Asi, el ministro ha indicado que "con carácter general" cuando se atropelle a un animal "la responsabilidad será del conductor", aunque si se puede demostrar que el accidente es "consecuencia directa de una acción de casa", el responsable podrá ser el propietario del coto de caza y si se demuestra que el siniestro se ha producido por "falta de vallado o de señalización, el responsable sería del titular de la vía".
Respecto a otro de los aspectos polémicos introducidos en la reforma, la obligación del uso del casco para los ciclistas menores de edad, Fernández Díaz ha señalado que el Gobierno ha asumido el "compromiso" de acatar lo que se decida en la Comisión de Seguridad Vial que está estudiando el tema en el Congreso, ya sea introduciendo una enmienda en el proyecto de Ley o haciendo cambios en el borrador de reforma del reglamento.
En líneas generales, el ministro ha asegurado que "todas la medidas que introduce" la reforma "tienen por objetivo mejorar la seguridad vial". "En España estamos mejorando año tras año nuestra seguridad vial", ha indicado el titular de Interior,