El TUE devuelve a la oficina de propiedad intelectual un conflicto entre dos firmas de componentes de coches

El TUE devuelve a la oficina de propiedad intelectual un conflicto entre dos firmas de componentes de coches


BRUSELAS, 10 (EUROPA PRESS)

El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha devuelto a la Oficina Europea de Propiedad Intelectual (EUIPO) un conflicto sobre registro de marcas en la UE que enfrenta a dos empresas catalanas que compiten en el sector de la producción de componentes para acoplar equipos de refrigeración o aire acondicionado a automóviles.

Así, la Justicia europea ha anulado una resolución anterior sobre este asunto de la EUIPO por considerar que estaba suficientemente motivada. El organismo europeo de propiedad intelectual debe ahora adoptar una nueva resolución para resolver el litigio, si bien también puede recurrir la sentencia del tribunal de Luxemburgo.

El asunto enfrenta a las empresas Mecánica del Río, con domicilio social en Cornellá de Llobregat (Barcelona) y a L. Oliva Torras, con domicilio social en Manresa (Barcelona). Ambas firmas solicitaron hace años el registro de modelos de acoplamientos para vehículos y los dos fueron aceptados por la EUIPO.

Sin embargo, Mecánica del Frío --que había obtenido antes el registro de su modelo-- presentó una solicitud de anulación del modelo de su competidora y la EUIPO lo aceptó, al entender que "no presentaba ninguna novedad" con respecto al suyo y que las diferencias entre ambos eran "insignificantes".

Posteriormente, L. Oliva Torras presentó una solicitud de anulación del modelo de Mecánica del Frío en el que alegaba que el modelo de su rival carecía de novedad porque era "casi idéntico" a uno anterior de acoplamiento que ya estaba registrado.

La EUIPO, no obstante, desestimó esta solicitud de anulación y esgrimió que el único modelo cuya divulgación anterior había quedado demostrada "no permitía cuestionar la novedad y el carácter singular del modelo impugnado habida cuenta de las diferencia existentes" entre este último y la imagen presentada.

La empresa L. Oliva Torras recurrió esta resolución ante la propia EUIPO y, tras una nueva denegación de su solicitud, elevó el caso a la Justicia europea. En su fallo, el Tribunal General de la UE ha devuelto el caso a la EUIPO porque considera que esta agencia "no motivó correctamente su resolución" y por tanto ha sido anulada.

Los jueces comunitarios han señalado que "no está claro" por qué desestimó la EUIPO el recurso de L. Oliva Torras cuando en mayo de 2018 había indicado que "el modelo impugnado debería declararse nulo porque el producto cubierto era un componente de un producto complejo que, una vez incorporado a este, dejaba de ser visible".

Así, aunque "puede deducirse que rechazó esas consideraciones al adoptar la resolución impugnada", el TUE piensa que "las razones por la que lo hizo no se desprenden claramente de esta".

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