Los concesionarios, obligados a comunicar a interior pagos en efectivo superiores a 15.000 euros

Esta obligación de los concesionarios es consecuencia de la aplicación de la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales, que tiene como principal objetivo evitar que los operadores económicos puedan ser utilizados para fines delictivos.

Además, los concesionarios tendrán que valorar otras circunstancias relacionadas con el pago en efectivo en la compra-venta de los vehículos, tales como el precio total del automóvil, la solicitud de crédito para el precio restante o la identidad del comprador.

La norma indica también que los concesionarios de automóviles deberán conservar durante diez años los documentos que puedan entrar en el ámbito de la ley contra el blanqueo de capitales. Este período coincide con el plazo de prescripción de los delitos contemplados por la ley.

Esta ley contra el blanqueo de capitales, en vigor desde el pasado año obliga a los diferentes agentes económicos a identificar a sus clientes, detectar y comunicar operaciones sospechosas y abstenerse de realizar las que pudieran servir para blanquear dinero.

La nuevas obligaciones y medidas administrativas afectarán a los sujetos de carácter financiero y no financiero más expuestos a este tipo de delitos como las entidades financieras y profesionales como notarios, abogados, auditores, promotores inmobiliarios, joyeros y concesionarios, entre otros.

>> COMPARTE EL ARTÍCULO EN ... <<